Debido al riesgo de un daño irreparable al medioambiente, el Primer Tribunal Ambiental acogió parcialmente la solicitud del Consejo de Defensa del Estado (CDE) y dictó una medida cautelar de paralización de las faenas de Quiborax dentro de los límites del sitio Ramsar Salar de Surire hasta el 31 de diciembre de este año. Fuente: Primer Tribunal Ambiental, 13 de septiembre de 2024.
La decisión se enmarca en la demanda por daño ambiental interpuesta por el CDE contra la empresa por el presunto daño ambiental causado por la operación de la faena minera Mina Surire.
Aunque la solicitud del CDE incluía la “suspensión completa y total de la faena minera Quiborax en éste, por el lapso que dure el juicio”, el tribunal consideró el principio de proporcionalidad para acceder a la suspensión de las faenas mineras dentro del polígono del Sitio Ramsar Salar de Surire, extendiéndose solo hasta el 31 de diciembre. Para los ministros del tribunal, “las partes, obras o acciones que ponen en riesgo el Salar de Surire son precisamente aquellas que se realizan en su interior, respecto de las cuales se tiene antecedentes en relación con la ejecución de la temporada de extracción correspondiente a este año”, según determina la resolución.
Asimismo, se establece que “las labores que se efectúen fuera del Salar de Surire podrán ejecutarse conforme con la normativa y permisos que la rigen, en tanto no contribuyen un riesgo directo para lo que se busca tutelar en estos autos”.
El tribunal también resolvió que “no resulta posible acceder a la medida solicitada por todo el tiempo que dure el presente juicio puesto que, conforme con la regulación de las actividades de la faena minera Quiborax, estas se determinan año a año, sin que existan antecedentes respecto a la ejecución de labores en forma posterior a la campaña del año 2024”.
La resolución fue adoptada con los votos preventivos de los tres ministros que integran la causa. En el caso de la ministra presidenta (s), Sandra Álvarez Torres, manifestó su parecer de decretar la medida cautelar en una extensión mayor con el objeto de establecer un radio de protección de al menos 500 metros alrededor del sitio Ramsar. En tanto, el ministro en ciencias, Marcelo Hernández Rojas, estuvo por decretar la medida cautelar por todo el tiempo que dure el juicio; mientras que el ministro suplente abogado, Alamiro Alfaro Zepeda, fue de la opinión de aplicar la medida cautelar solo respecto del polígono correspondiente al Monumento Natural “Salar de Surire”.
Finalmente, en la resolución se ordena oficiar a la CONAF, SAG y Seremi de Medio Ambiente, todos de la Región de Arica y Parinacota para fiscalización del cumplimiento de la medida cautelar. Asimismo, se ordenaron diversos requerimientos de información a servicios públicos y se decretó una visita inspectiva para el 2 de octubre.