Decisión de la Comisión de Evaluación ambiental fue criticada por organizaciones y autoridades, como el diputado por la región de Antofagasta, Sebastián Videla, quien aseguró que tomará acciones. Fuente: Time Line Antofagasta, 15 de marzo de 2023.
La Comisión de Evaluación Ambiental aprobó el proyecto minero de Comahue, el cual operaría a 4,5 kilómetros de la Reserva Nacional de La Chimba y a 22 de la ciudad de Antofagasta. Esto originó críticas de parte de organizaciones comunitarias y el diputado por el tercer distrito, Sebastián Videla (IND-PL), quienes manifestaron su preocupación por el territorio en donde se emplazaría la minera.
«Me preocupa muchísimo la aprobación del proyecto Comahue por parte de la Comisión del Servicio Ambiental en Antofagasta. Hemos dicho en reiteradas ocasiones el daño y la afectación al medioambiente por parte de este proyecto. Lógicamente vamos a accionar con todos los mecanismos que tengo como diputado, vamos a fiscalizar y evaluar otras acciones», aseveró Videla.
El parlamentario dijo que espera cambios en el proyecto o derechamente que no se pueda desarrollar, puesto que a su juicio, pone en riesgo a los ciudadanos del norte y a las especies nativas. «Encontramos lamentable que se ponga por delante muchas veces otros beneficios y no el bienestar de la salud de todos los ciudadanos y ciudadanas del norte», señaló.
Estudio de impacto ambiental
En una carta -enviada al director regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Ramón Guajardo- organizaciones comunitarias, Corporación GEN y el Sindicato Desierto Verde, solicitando respuestas por la aprobación del proyecto minero en cercanías de la reserva.
En esta línea, mencionan que CONAF solicitó «la incorporación de la Reserva Nacional La Chimba al área de influencia del proyecto pues corresponde a un Área protegida bajo acto administrativo, tal como señala el artículo 8° del citado reglamento SEIA, D.S N°40, lo cual es respaldado por la SEREMI de agricultura en sus oficios ORD N°095/2022, organismo que además señala que la corporación GEN y agricultores del kilómetro 12 son receptores de calidad de aire y que por lo tanto deben ser parte del análisis de la aplicabilidad del artículo 11 de la ley 19.300».
«Por su parte la SEREMI del Medio Ambiente reitera la necesidad de realizar un adecuado monitoreo de emisiones atmosféricas en los receptores puntos críticos Corporación Gen, RNLCH y ubicación de la especies Nolana onoana, constituyendo este último en recurso protegido según el artículo 8° del Reglamento SEIA D.S N°40, que se encuentra en categoría de conservación EN PELIGRO, cuyo proceso de clasificación corresponde al N°18 y se encuentra en aprobación por parte del comité de ministros para la sustentabilidad (…) De hecho, la Dirección General de Aguas manifiesta en todos sus pronunciamientos (ORD N°209/ 2022, N°410/2022 y 07 de 2023) que no es posible evaluar y/o predecir la afectación a los recursos naturales, con los antecedentes presentados por el titular, debido a que no se presenta además un plan de monitoreo, lo cual es declarado por el titular en la primera adenda, en donde indica que según su modelación atmosférica no es necesario realizar monitoreo ambiental de los contaminantes atmosféricos incluidos en la normativa ambiental primaria y secundaria», agregan.
Por lo mismo, señalan que «respecto a la ubicación y al valor ambiental del territorio aledaño al área de emplazamiento el proyecto y al amparo de la vigente legislación ambiental, es que exigimos que el proyecto sea sometido a la evaluación vía Estudio de Impacto Ambiental».
Igualmente, dicen que en la actual evaluación no se consideró la variable del cambio climático, «aún cuando existe una guía SEA que considera esta variable no menor en la evaluación ambiental».