Superintendencia del Medio Ambiente sancionó con 10.000 UTA al proyecto ubicado en la Región de Atacama, por dos infracciones graves que han dañado la calidad hídrica superficial y subterránea en la zona. Fuente: InduAmbiente, 1 de agosto de 2023.
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) sancionó con una multa de 10.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA) –equivalentes a $7.583 millones aproximadamente– a la empresa SCM Minera Lumina Copper Chile S.A., titular del yacimiento asociado al «proyecto Caserones», por incumplir sus compromisos ambientales afectando la calidad de las aguas superficiales y subterráneas de la cuenca del río Ramadillas, en la región de Atacama.
El proyecto -que cuenta, entre otras, con las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) N°13/2010 y N°57/2014- se ubica 160 kms. al sureste de Copiapó, en la comuna de Tierra Amarilla. En particular, consiste en la producción y venta de concentrado de cobre, cátodos de cobre y concentrado de molibdeno a partir de la explotación a rajo abierto. El mineral sulfurado se somete a una etapa de chancado primario para posteriormente ser procesado en una planta concentradora en la que se realizan las operaciones de molienda y flotación.
Además, deposita separadamente la fracción gruesa del relave (arenas) y la fracción fina del relave (lamas). Las arenas se disponen en un embalse ubicado en la quebrada Caserones, mientras que las lamas se depositan en un embalse ubicado en la quebrada La Brea. Ambas quebradas confluyen en el río Ramadillas, el que es tributario del río Pulido, y éste último, a su vez, del río Copiapó.
Entre 2015 y 2018 se realizaron distintas actividades de fiscalización a las instalaciones del proyecto por parte de la Oficina Regional de la SMA en Atacama, en el contexto de una serie de denuncias ciudadanas, de Comunidades Indígenas Colla, por afectación al recurso hídrico de la zona. Y luego de un extenso análisis, la SMA decidió sancionar dos infracciones a las RCA del proyecto, ambas clasificadas como graves.
Detalle de las infracciones
Las dos infracciones se relacionan con incumplimientos en la construcción de las zanjas cortafugas, ubicadas aguas abajo de los depósitos de lamas y de arenas. En ambos casos, la SMA constató que no se cumplieron las condiciones constructivas establecidas durante la evaluación ambiental, ya que dichas obras se habilitaron solo en el relleno aluvial, sin contar con las inyecciones de lechada de cemento que debían alcanzar la roca de baja permeabilidad.
Al respecto, la Superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, relevó: «Es importante reiterar el llamado a los titulares de proyectos al cumplimiento ambiental de sus autorizaciones. No basta con contar con los permisos, el cumplimiento ambiental es un imperativo, es decir, las empresas deben cumplir con los compromisos que establecen para poder funcionar. Esto es parte de las reglas del juego».
Es importante recordar, que la empresa minera SCM Minera Lumina Copper Chile S.A. fue sancionada previamente por la SMA el año 2015.
La multa deberá ser pagada en la Tesorería General de la República. En caso de que el titular resuelva impugnar la resolución sancionatoria, puede presentar un recurso de reposición ante la propia SMA, en el plazo de cinco días hábiles, o bien, tiene quince días hábiles para interponer un reclamo de ilegalidad ante el Primer Tribunal Ambiental.